Nota de encargo inmobiliaria: modelo y firma online

La nota de encargo es el contrato entre el propietario y la agencia para vender o alquilar un inmueble. Fija el precio, los honorarios, la duración y si el encargo es en exclusiva. Cuanto más claro esté por escrito, menos discusiones después.

Equipo de MultiDocs3 min de lecturaActualizado el 2 de noviembre de 2026Con fuentes oficiales

En 30 segundos

  • Es el contrato entre el propietario y la agencia para vender o alquilar: precio, honorarios, duración y exclusiva.
  • Las partes pueden pactar lo que convenga mientras no vaya contra la ley; por eso conviene que todo quede por escrito.
  • Cada titular puede firmarla desde su móvil, a distancia, y te llega firmada por todos con justificante.

Qué debe incluir

  • Las partes: propietario o propietarios y agencia, con sus datos y NIF.
  • El inmueble: dirección y, si la tienes, referencia catastral.
  • La operación: venta o alquiler y precio de salida.
  • Los honorarios: porcentaje o importe fijo, si incluyen IVA y cuándo se cobran.
  • La duración del encargo y si se prorroga.
  • Exclusiva o no, y qué pasa si el propietario vende por su cuenta.
  • Protección de datos y firma de todos los titulares.

La nota de encargo no tiene una ley propia a nivel estatal: se rige por lo que pacten las partes.

«Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público.»

Código Civil, artículo 1255 · Ver en la fuente oficial

Datos oficiales

2,5 mm

es el tamaño mínimo de letra de las cláusulas no negociadas en contratos con consumidores; el interlineado, 1,15 mm.

Fuente: BOE, art. 80 TRLGDCU
Art. 13

del RGPD: al recoger los datos del cliente hay que decirle quién los trata, para qué y cómo ejercer sus derechos.

Fuente: EUR-Lex
Art. 25

del reglamento europeo eIDAS: no se puede negar validez a una firma por el mero hecho de ser electrónica.

Fuente: EUR-Lex

Exclusiva o sin exclusiva

En exclusivaSin exclusiva
Quién puede venderSolo tu agencia durante el plazo pactadoVarias agencias y el propio propietario
Qué conviene dejar claroDuración, honorarios y qué ocurre si vende por su cuentaHonorarios y cuándo se devengan

Modelo de nota de encargo

NOTA DE ENCARGO DE ☐ VENTA ☐ ALQUILER

Propietario/a: ______________________ · DNI/NIE: __________ · Teléfono: __________ · Correo: __________

Agencia: ______________________ · NIF: __________ · Dirección: ______________________

Inmueble: ______________________ · Referencia catastral: ______________________

Precio de salida: __________ € · Honorarios: ____ % / __________ € (☐ IVA incluido ☐ más IVA), que se cobran ______________________.

Duración: desde ____/____/______ hasta ____/____/______. ☐ En exclusiva ☐ Sin exclusiva.

Protección de datos: el responsable del tratamiento es ______________________. Puede ejercer sus derechos en ______________________.

En ______________, a ____ de __________ de ______. Firma del propietario/a: · Firma de la agencia:

⬇ Descargar el modelo en WordRevísalo con tu asesor y adáptalo a tu agencia.

Cómo la firma el propietario a distancia

  1. Guarda la nota como PDF y súbela en Firmar gratis.
  2. Añade a cada titular del inmueble y marca dónde firma cada uno. Si quieres, pide también una foto de su DNI.
  3. Se la mandas por correo o WhatsApp. Cada titular firma desde su móvil, sin crear cuenta.
  4. Te llega el documento firmado por todos, con el justificante de cada firma.

Este modelo es orientativo. Algunas comunidades autónomas tienen normas propias para los agentes inmobiliarios: revísalo con tu asesor.

Preguntas frecuentes

¿Tienen que firmar todos los propietarios?

Conviene que firmen todos los titulares del inmueble. Con MultiDocs cada uno recibe su enlace y firma a la vez, sin esperar a los demás.

¿Vale una nota de encargo firmada en el móvil?

Sí. Es un contrato privado y se puede firmar electrónicamente. Para más garantía, elige firma avanzada: código por correo y DNI o NIE comprobado.

¿Cuánto debe durar el encargo?

Lo pactan las partes. Lo importante es que la fecha de fin y la prórroga, si la hay, queden escritas.

Fuentes oficiales

Hemos consultado cada fuente el 2 de noviembre de 2026. Si ves un dato desactualizado, escríbenos a info@multidocs.es.