Consentimiento para la evaluación psicopedagógica: modelo
Antes de hacer una evaluación psicopedagógica, el centro informa a la familia de qué se va a hacer y para qué. Este modelo recoge esa información y el consentimiento de los dos progenitores, cada uno desde su móvil.
En 30 segundos
- Antes de la evaluación, informa a la familia de qué se hace, quién la hace y quién verá los resultados.
- La LOE pide que se oiga e informe a las familias al valorar necesidades educativas especiales.
- Para la firma de los dos progenitores, usa «Otras personas»: cada uno recibe su enlace.
Qué dice la ley
La Ley Orgánica de Educación dice que la identificación y valoración de las necesidades educativas especiales la hacen profesionales especialistas, en los términos que fije cada administración educativa:
«La identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por profesionales especialistas y en los términos que determinen las Administraciones educativas. En este proceso serán preceptivamente oídos e informados los padres, madres o tutores legales del alumnado.»
Ley Orgánica 2/2006, de Educación, artículo 74.2 · Ver en la fuente oficial
Los detalles, como quién hace la evaluación y si hace falta una autorización por escrito, los regula cada comunidad autónoma. Consulta las instrucciones de la tuya.
Sobre los datos, la LOE permite a los centros recoger los datos del alumnado necesarios para su función educativa y orientadora, y no usarlos para fines distintos sin consentimiento expreso (disposición adicional vigesimotercera).
Qué debe incluir
- Datos del alumno y de los dos progenitores o tutores.
- Por qué se propone la evaluación.
- Quién la hace y qué pruebas o entrevistas incluye.
- Quién conocerá los resultados y cómo se comunicarán a la familia.
- Que la familia puede revocar su consentimiento.
Modelo de consentimiento
Modelo orientativo: adáptalo a tu centro y revísalo con tu asesor o con las instrucciones de tu administración educativa.
CONSENTIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA
Alumno/a: ______________________, del curso ______ y grupo ______, nacido/a el ____/____/______.
Progenitores o tutores: D./Dña. ______________________, con DNI/NIE __________, y D./Dña. ______________________, con DNI/NIE __________.
Hemos sido informados de:
Motivo de la evaluación: ____________________________________________
Quién la hace: ______________________ (servicio o departamento de orientación).
Qué incluye (pruebas, observación, entrevistas): ____________________________________________
Quién conocerá los resultados: ______________________. Cómo se nos comunicarán: ______________________.
☐ DAMOS NUESTRO CONSENTIMIENTO para la evaluación psicopedagógica. ☐ NO DAMOS nuestro consentimiento.
Sabemos que podemos revocar este consentimiento por escrito en cualquier momento.
Protección de datos. Responsable: ______________________. Los datos se usarán solo para esta finalidad y los conocerá el personal del centro que lo necesite. Puedo ejercer mis derechos escribiendo a ______________________.
En ______________, a ____ de __________ de ______.
Firma del progenitor/a 1: · Firma del progenitor/a 2:
Firmarlo gratis en MultiDocs⬇ Descargar el modelo en WordAdáptalo a las instrucciones de tu comunidad.
Cómo lo firman los dos progenitores
- Rellena el modelo y súbelo en PDF en Firmar gratis.
- Elige «Otras personas» (no «Una copia para cada uno») y añade al padre y a la madre, o a los tutores. Marca dónde firma cada uno.
- Cada uno recibe su propio enlace por correo, WhatsApp o SMS, y firma con el dedo desde su móvil, aunque no vivan juntos.
- Cuando han firmado los dos, te llega el PDF firmado con un justificante de cada firma. Guárdalo en el expediente del alumno.



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Preguntas frecuentes
¿Tienen que firmar los dos progenitores?
La patria potestad la ejercen los dos (Código Civil, art. 156). Para una evaluación psicopedagógica, lo prudente es pedir la firma de los dos. Envíalo con «Otras personas»: cada uno recibe su enlace.
¿Y si el alumno tiene 14 años o más?
Conviene informarle también. Para el tratamiento de sus datos basado en el consentimiento, desde los 14 años puede consentir él (LOPDGDD, art. 7).
¿Puede la familia negarse?
El modelo recoge las dos opciones. Qué pasa si la familia no consiente depende de la normativa de tu comunidad: consúltala.
Fuentes oficiales
- BOE: Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), artículo 74 y disposición adicional vigesimotercera
- BOE: Código Civil, artículo 156
- BOE: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos (LOPDGDD), art. 7
Hemos consultado cada fuente el 4 de noviembre de 2026. Si ves un dato desactualizado, escríbenos a info@multidocs.es.